No hay etiquetado retroactivo — con una excepción.
Es una de las preguntas que más se hacen y una de las que peor se contestan, porque la respuesta cómoda —«lo anterior no hay que tocarlo»— es solo la mitad. La otra mitad cambia el resultado en el caso más habitual de todos.
Esto NO es vinculante. No está en el Reglamento: procede de Directrices C(2026) 5054 final. Se recoge porque orienta y porque se cita mucho, no porque obligue.
Una directriz o un código voluntario presentados como norma son una afirmación falsa aunque el contenido sea correcto. Por eso el rango va aquí arriba y no en una nota al pie.
En corto
| Dato | Valor |
|---|---|
| Rango | No vinculante — directriz o código voluntario |
| Referencia | Directriz §154 |
| Instrumento | Directrices C(2026) 5054 final |
| Fuente | Directrices de la Comisión sobre el artículo 50, C(2026) 5054 final, §154 |
| Verificado contra | Texto oficial publicado por la Oficina de Publicaciones de la Unión Europea |
| Texto oficial | Comisión Europea · C(2026) 5054 final, apartado 154 |
| Última verificación | 3 de agosto de 2026 |
FECHAS VERIFICADAS
| Fecha | Qué es |
|---|---|
| 2 de agosto de 2026 | Fecha de corte |
La regla
El contenido anterior al 2 de agosto de 2026 no requiere etiquetado retroactivo.
Dicho así, suena a que todo lo publicado antes de esa fecha queda fuera del problema. No es exactamente eso.
La excepción, que va siempre pegada
Literal: «si un texto generado o manipulado antes del 2/8/2026 se publica en esa fecha o después, sí debe etiquetarse».
Lo que decide no es cuándo se generó, sino cuándo se publica. Un borrador de mayo que sale a la web en septiembre entra en la excepción, no en la regla.
Este es el caso más habitual en cualquier organización con un calendario editorial: material preparado antes, publicado después.
Citar la regla sin la excepción da la respuesta contraria a la correcta justo en el supuesto más frecuente. Por eso aquí no aparecen separadas.
El detalle de rango, que cambia el peso de todo lo anterior
Tanto la regla como su excepción salen del apartado §154 de las Directrices de la Comisión. Es una directriz, no una norma. Las Directrices declaran en su propio texto que no son vinculantes.
Que no sea vinculante no la hace irrelevante: orienta, y sabemos cómo entiende la Comisión la cuestión. Pero se cita con su rango, y quien la presente como una obligación del Reglamento está diciendo algo que no se sostiene.
Una precisión sobre el alcance de la cita
El texto verificado de la excepción habla de «un texto generado o manipulado». No se extiende aquí a otros tipos de contenido, porque lo comprobado es lo comprobado y completar una cita de memoria es la forma más rápida de publicar algo falso.
Si necesitas saber qué ocurre con imágenes, audio o vídeo, la fuente es el documento oficial y quien te asesore. Esta ficha no lo va a inventar.
Qué se puede documentar de esto
Poco desde fuera, y hay que decirlo. La fecha en que se generó un contenido no se observa desde una web; a lo sumo se observan metadatos, cuando existen, o credenciales de contenido, cuando las hay.
Lo demás entra como declaración del titular o como documento aportado, con su etiqueta de procedencia, y consta como tal. La metodología explica esos límites uno a uno —incluido el más incómodo: que nadie puede afirmar que una imagen la generó una IA si no lleva metadatos ni credenciales.
Lo de esta página no es vinculante: procede de unas directrices, no del Reglamento. La regla y su excepción se citan siempre juntas.
Relacionado
- Las Directrices de la Comisión sobre el artículo 50 · no vinculante
- El artículo 50 del AI Act: desde cuándo se aplica y qué exige · vinculante
- Cómo marcar el contenido generado con IA · guía
Cómo se mantiene esta ficha
Última verificación contra la fuente: 3 de agosto de 2026. Esta sección se actualiza en vez de reescribirse, y cada ficha lleva esa fecha a la vista: si queda lejos, tómala por lo que es —una foto fechada— y comprueba el texto oficial.
El texto oficial está enlazado arriba y aquí, para no tener que fiarse de este resumen: Comisión Europea · C(2026) 5054 final, apartado 154.
El contenido de esta página no se edita a mano: sale de un fichero de datos versionado, y hay una comprobación que falla si el HTML publicado deja de coincidir con él. Es la misma disciplina que se aplica a los expedientes.
HABLAR CON KERAVO→