En España el régimen sancionador todavía no está aprobado.
Es la ficha más corta de la sección y la que más cuidado exige, porque aquí lo honesto es decir dos veces «no lo sabemos con certeza»: no está aprobado, y el propio dato de que existe un proyecto procede de fuente secundaria y no se ha contrastado en el BOE.
Esto NO está en vigor. A 3 de agosto de 2026, fecha de la última verificación, no estaba aprobado. Se recoge por su estado, no por su contenido.
Salvedad: Dato de fuente secundaria, no contrastado en el BOE. Debe volver a comprobarse antes de usarse en cualquier documento.
En corto
| Dato | Valor |
|---|---|
| Rango | Pendiente — no aprobado ni en vigor |
| Referencia | Proyecto de Ley Orgánica |
| Instrumento | España — no aprobado |
| Fuente | Proyecto de Ley Orgánica aprobado por el Consejo de Ministros el 26 de mayo de 2026 |
| Verificado contra | Fuente secundaria. No contrastado en el BOE |
| Texto oficial | No hay enlace oficial porque no hay dato contrastado: no se ha localizado el proyecto en el BOE ni en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, y una fuente secundaria no se enlaza como si lo fuera |
| Última verificación | 3 de agosto de 2026 |
FECHAS VERIFICADAS
| Fecha | Qué es |
|---|---|
| 26 de mayo de 2026 | Aprobación del proyecto por el Consejo de Ministros · Dato de fuente secundaria |
Qué consta
El régimen sancionador español todavía no está aprobado. Consta un proyecto de ley orgánica aprobado por el Consejo de Ministros el 26 de mayo de 2026, que no está aprobado definitivamente ni en vigor.
Con qué grado de certeza
Menor que el del resto de la sección, y por eso esta ficha lleva un rango propio —pendiente— y esta advertencia:
El dato procede de fuente secundaria y no se ha contrastado en el BOE.
Es decir: la existencia y la fecha del proyecto no se han comprobado contra el diario oficial, como sí se ha hecho con todo lo europeo de esta sección. Antes de usarlo en cualquier documento hay que volver a comprobarlo.
Se publica igualmente, con la salvedad delante, porque la alternativa —callarlo— deja al lector con la impresión de que no hay nada que saber, y no es cierto.
Dos datos que no se mezclan
Es fácil deslizarse de uno a otro, así que van separados:
| Dato | Estado |
|---|---|
| El artículo 50 del Reglamento | Se aplica desde el 2 de agosto de 2026 |
| El régimen del artículo 99 | Está en el Reglamento, verificado |
| El régimen sancionador español | No aprobado en la fecha de verificación |
Keravo no concluye qué se sigue de combinar los tres. Qué autoridad sería competente, con qué procedimiento y desde cuándo son preguntas que dependen de una norma que a la fecha de verificación no estaba aprobada, y responderlas aquí sería inventar.
Qué hacer mientras
Lo mismo que si ya estuviera aprobado, porque la obligación de transparencia no depende de esta ficha: dejar constancia fechada de cómo está la configuración, para poder enseñarla el día que haga falta y para poder comparar más adelante.
Aquí está cómo se construye esa constancia.
Cuándo se actualizará esta ficha
Cuando se contraste en el BOE, y de nuevo si el proyecto se aprueba. La fecha de última verificación está arriba y abajo de esta página: si ha pasado mucho tiempo desde entonces, esta ficha es lo que dice ser —una foto fechada— y conviene comprobarlo.
Rango pendiente: no es norma en vigor. Y el dato de partida no está contrastado en el BOE, así que se cita con esa salvedad o no se cita.
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Cómo se mantiene esta ficha
Última verificación contra la fuente: 3 de agosto de 2026. Esta sección se actualiza en vez de reescribirse, y cada ficha lleva esa fecha a la vista: si queda lejos, tómala por lo que es —una foto fechada— y comprueba el texto oficial.
Esta ficha no enlaza un texto oficial, y el motivo forma parte del dato: No hay enlace oficial porque no hay dato contrastado: no se ha localizado el proyecto en el BOE ni en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, y una fuente secundaria no se enlaza como si lo fuera.
El contenido de esta página no se edita a mano: sale de un fichero de datos versionado, y hay una comprobación que falla si el HTML publicado deja de coincidir con él. Es la misma disciplina que se aplica a los expedientes.
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