Qué dice el artículo 99 y qué no se deduce de él.
El régimen sancionador del Reglamento existe y está verificado. Lo que no existe es una forma seria de convertirlo en una cifra para tu caso, así que en esta página no vas a encontrar ninguna calculadora, ni una estimación, ni un porcentaje.
Esto es vinculante. Está en el Reglamento. Todo lo que se afirma aquí procede de AI Act, tras el Ómnibus y se comprobó contra el texto oficial el 3 de agosto de 2026.
En corto
| Dato | Valor |
|---|---|
| Rango | Vinculante — está en el Reglamento |
| Referencia | Art. 99(4)(g) · 99(6) · 99(6a) |
| Instrumento | AI Act, tras el Ómnibus |
| Fuente | AI Act, artículo 99, apartados 4, 6 y 6a |
| Verificado contra | Texto oficial publicado por la Oficina de Publicaciones de la Unión Europea |
| Texto oficial | EUR-Lex · CELEX 32024R1689 — el apartado 6a lo inserta el Ómnibus, enlazado en su ficha |
| Última verificación | 3 de agosto de 2026 |
Por qué esta página empieza por lo que no hace
Las herramientas que analizan webs y publican una nota o una estimación de multa consiguen que la gente haga clic. También consiguen otra cosa: que un dato de rango legal se presente como si fuera un cálculo, cuando la cifra depende de circunstancias que ninguna herramienta ve desde fuera.
Aquí está el contenido del artículo 99 que se ha verificado, y ahí se acaba. Ni estimación, ni nota, ni porcentaje, ni semáforo.
Dónde encaja el artículo 50
El régimen del artículo 99(4) contempla sanciones de hasta 15 millones de euros o el 3 %, y el artículo 50 es su punto (g).
Es un dato del Reglamento, verificado, y se cita como lo que es: el marco general del régimen. No es una previsión de lo que le ocurriría a nadie.
La regla de la cifra menor
El artículo 99(6) establece que para las pymes se aplica la cifra menor, y el Ómnibus lo dejó inalterado.
La novedad es el artículo 99(6a), nuevo, que extiende esa misma regla a las small mid-caps (SMC).
Citar «hasta 15 M€ o el 3 %» sin decir a continuación que para pymes y small mid-caps se aplica la cifra menor es dar un dato correcto de forma engañosa.
Es exactamente lo que hace un titular diseñado para asustar, y es la razón por la que las dos cosas van siempre juntas en cualquier documento de Keravo.
Y en España, todavía nada
El régimen sancionador español no estaba aprobado en la fecha de verificación de esta sección. Existe un proyecto de ley orgánica; no es norma en vigor. El estado exacto, con sus salvedades, está aquí.
Son dos datos distintos y no se mezclan: el régimen del Reglamento y el régimen sancionador nacional no son lo mismo, y Keravo no concluye qué se sigue de combinarlos.
Lo que sí se puede preparar
La pregunta útil no es cuánto costaría. Es más simple y más incómoda: si mañana alguien lo pregunta, ¿qué se enseña?
Lo que se enseña es documentación: qué se observó, cuándo, con qué configuración, con qué versión de reglas y con qué huella, de modo que un tercero pueda comprobar que el documento no se ha tocado. Aquí hay uno completo.
Un expediente no evita nada por sí mismo y no lo vamos a presentar como si lo hiciera. Lo que hace es convertir una discusión sobre recuerdos en una revisión de constancias fechadas.
Ninguna cifra de esta página permite estimar consecuencias para un caso concreto. Keravo no calcula sanciones, no las estima y no las usa como argumento comercial.
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Cómo se mantiene esta ficha
Última verificación contra la fuente: 3 de agosto de 2026. Esta sección se actualiza en vez de reescribirse, y cada ficha lleva esa fecha a la vista: si queda lejos, tómala por lo que es —una foto fechada— y comprueba el texto oficial.
El texto oficial está enlazado arriba y aquí, para no tener que fiarse de este resumen: EUR-Lex · CELEX 32024R1689 — el apartado 6a lo inserta el Ómnibus, enlazado en su ficha.
El contenido de esta página no se edita a mano: sale de un fichero de datos versionado, y hay una comprobación que falla si el HTML publicado deja de coincidir con él. Es la misma disciplina que se aplica a los expedientes.
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